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Articulo 258 Medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración

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Artículo 258. Modificación de la Orden de 12 de noviembre de 2008, por la que se regulan las convocatorias y las bases a las que deberán ajustarse los exámenes para la obtención de los carnés profesionales en materia de industria, energía y minas.

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Se modifica el apartado 2 del artículo 2 de la Orden de 12 de noviembre de 2008, por la que se regulan las convocatorias y las bases a las que deberán ajustarse los exámenes para la obtención de los carnés profesionales en materia de industria, energía y minas, que queda redactado como sigue:

«2. Todos los requisitos citados deberán cumplirse a la fecha de realización del examen y se acreditarán conforme a lo dispuesto en la Orden de 11 noviembre de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se aprueba la tramitación electrónica de procedimientos administrativos de examen. Todo ello sin perjuicio de la obligación de los aspirantes de aportar, a requerimiento del órgano competente, la documentación acreditativa de los mismos.

En caso de que se compruebe que una persona aprobada no cumplía los requisitos de admisión en las pruebas referidos, no se le expedirá la habilitación o certificado de superación de las pruebas, según corresponda.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-02-2024 en vigor desde 17-02-2024