Articulo 258 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
- El Cuadro actualizado de las disposiciones reglamentarias vigentes del CGPJ, incluido en el Acuerdo del Pleno de 27 de septiembre de 2018, establece que las Sentencias del Tribunal Supremo (Sala 3.ª) de 10 y 19 de julio de 2013 han declarado nulos los arts. 24.4, 37, 41, 42, 84, 192.1, 210.5, 228, 230.2, 272.6, 289, 326.1.h) y 326.1.i) y la D.T. 6ª del presente Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial.
Ver Indice
»Artículo 258.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los miembros de la Carrera Judicial jubilados por edad podrán ser nombrados para ejercer funciones de magistrado suplente, hasta alcanzar la edad de 75 años, en las Salas de la Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de Justicia y en Audiencias Provinciales.
Estos tendrán la consideración y tratamiento de magistrados eméritos.
