Articulo 26 Actividades Feriales de La Mancha
Artículo 26. Procedimiento sancionador y órganos competentes.
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Son de aplicación las reglas y principios sancionadores contenidos en la legislación general sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, en particular, de aplicación directa el procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora que establece el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, de adecuación a la Ley común.
El régimen de recursos será el establecido en el capítulo II del Título VII de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los órganos competentes para iniciar el correspondiente expediente sancionador y, en su caso, imponer las sanciones previstas en esta Ley se determinarán reglamentariamente.
