Articulo 26 Administración electrónica y simplificación administrativa
- Norma derogada desde el 30 de abril de 2026. - Ley 2/2026, de 28 de abril, de simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa
Artículo 26. Análisis de rediseño funcional y simplificación.
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Copiloto jurídico
Con carácter previo a la regulación de un procedimiento o actuación, la consejería competente en materia de organización y calidad de los servicios públicos llevará a cabo un análisis de rediseño funcional y simplificación de los mismos en los que deberá tenerse en cuenta.
a) La supresión o reducción de los trámites y de la documentación requerida a los ciudadanos para la iniciación de un procedimiento, su sustitución por declaraciones responsables y comunicaciones previas o la posibilidad de aportar la documentación al finalizar la tramitación.
b) La previsión de medios de participación, transparencia e información.
c) La identificación de cargas administrativas iniciales asociadas al procedimiento y valoración económica de las mismas.
d) La reducción de los plazos y tiempos de respuesta.
