Articulo 26 Agraria de I. Balears -Derogada-
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»Artículo 26. Régimen jurídico
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La producción agraria en las Illes Balears, que comprende la producción agrícola, ganadera y forestal, se rige por la normativa comunitaria, la del Estado, esta ley y la legislación sectorial que sea de aplicación.
