Articulo 26 Archivos de la Generalitat

Articulo 26 Archivos de la Generalitat

Ver Indice
»

Artículo 26. Colaboración de la Generalitat

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La Generalitat proporcionará a todos los archivos públicos valencianos el asesoramiento técnico necesario y fomentará el cumplimiento de las condiciones mínimas de atención y servicio a los usuarios.

2. La Generalitat colaborará en la mejora de las instalaciones de las respectivas infraestructuras, guardando el principio de inversión proporcional por parte de la persona o entidad que reciba la ayuda.