Articulo 26 Autorización, registro, acreditación e inspección de los Servicios Sociales
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»Artículo 26.- Condiciones.
Vigente
Las condiciones de calidad, materiales y funcionales que se exijan para la acreditación de Centros y Servicios se determinarán reglamentariamente, atendiendo primordialmente a los siguientes aspectos:
a) Condiciones físicas y arquitectónicas.
b) Recursos humanos: organización del personal.
c) Atención ofrecida e índice de las prestaciones.
d) Sistema de participación.
e) Sistema de contabilidad.
f) Sistema de información a la Dirección General y Organismo Autónomo que corresponda.
g) Su encuadramiento dentro del Plan Regional de Servicios Sociales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-03-1996 en vigor desde 29-03-1996