Articulo 26 Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura
Ver Indice
»Artículo 26. Electorado.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Para ser elector, ya sea en nombre propio o en representación de personas jurídicas, se requerirá mayoría de edad, no estar incurso en ninguna causa legal que impida dicha
condición y ejercer las actividades comerciales, industriales y de servicios en el ámbito de la circunscripción de cada Cámara.
2. Las empresas, con independencia de su forma jurídica, y los trabajadores por cuenta propia ejercerán su derecho electoral activo personalmente, si bien se podrá delegar el voto conforme a lo establecido en la disposición transitoria sexta de la presente ley.
3. El resto de condiciones y requisitos para el ejercicio del derecho electoral activo se desarrollarán reglamentariamente.
