Articulo 26 Comercio de Navarra

Articulo 26 Comercio de Navarra

Ver Indice
»

Artículo 26. Vigencia del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal por el que se autorice la implantación de un gran establecimiento comercial tendrá vigencia indefinida, con la única excepción regulada en el artículo siguiente.