Articulo 26 Contratos de crédito al consumo y derogación de la Directiva 87/102/CEE
- Norma vigente hasta el 20 de noviembre de 2026. - Directiva (UE) 2023/2225 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 2008/48/CE
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»Artículo 26. Información a la Comisión
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Cuando un Estado miembro recurra a una de las opciones reglamentarias contempladas en el artículo 2, apartados 5 y 6, el artículo 4, apartado 1, el artículo 4, apartado 2, letra c), el artículo 6, apartado 2, el artículo 10, apartado 1, el artículo 10, apartado 5, letra f), el artículo 14, apartado 2, y el artículo 16, apartado 4, informará de ello a la Comisión, así como de cualquier cambio ulterior. La Comisión hará pública dicha información a través de un sitio web o a través de otro medio fácilmente accesible. Los Estados miembros adoptarán las medidas adecuadas para difundir esta información a los prestamistas y consumidores nacionales.
Modificaciones
- Modificación realizada (26 (se corrige)) por Correccion de errores de la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de credito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo
(DC de 31-07-2010) en vigor desde 11-06-2008
