Artículo 26 Decreto 36/2...salvamento

Artículo 26. Decreto 36/2025, de 11 de febrero, Andalucía, acceso por turno libre, promoción interna, movilidad, otras formas de provisión del funcionariado de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento

Ver Indice
»

Artículo 26. Requisitos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Para participar en convocatorias de plazas por el sistema de acceso por movilidad, el personal aspirante ha de hallarse en la situación administrativa de servicio activo en la categoría a la que aspire.

2. Los requisitos de acceso por el sistema de movilidad son:

a) Antigüedad de cinco años en el funcionariado del servicio desde el que se opta.

b) Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en la categoría profesional a la que se opta.

c) Faltar más de cinco años para el cumplimiento de la edad que determinaría el pase a la situación de segunda actividad.

3. Los requisitos del presente artículo habrán de reunirse a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La acreditación documental de los requisitos en la movilidad tendrá lugar en el momento de la presentación de las solicitudes, con independencia de que la entidad titular del servicio puede decidir en las bases de la convocatoria que algún requisito se acredite con posterioridad.