Articulo 26 Deporte de An...-Derogada-

Articulo 26 Deporte de Andalucía -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 26. Régimen presupuestario.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las federaciones deportivas andaluzas tienen presupuesto y patrimonio propios y deberán someter su contabilidad y estado económico o financiero a las prescripciones legales.

2. Para recibir subvenciones y ayudas de la Administración de la Junta de Andalucía, las federaciones tendrán que someter su contabilidad a una auditoría o a la verificación contable, en los términos que reglamentariamente se determinen.