Articulo 26 desarrollo pa...es Locales

Articulo 26 desarrollo parcial de la Ley de la Administración Local de Navarra, en materia de impugnación de los actos y acuerdos de las Entidades Locales

  • Versión consolidada con efectos de 12 de junio de 1999 que contiene las modificaciones realizadas por Decreto Foral 57/1994, de 7 de marzo, y por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.
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Artículo 26

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1. Las resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra serán impugnables ante los órganos competentes de la jurisdicción contencioso-administrativa. También lo serán las providencias que se dicten resolviendo los incidentes de ejecución de aquéllas.

2. Las demás decisiones no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio de que las cuestiones referentes a las mismas se reproduzcan en el recurso contencioso-administrativo que se interponga contra la resolución del recurso de alzada.