Artículo 26. DIRECTIVA (UE) 2026/1021, de 29 abril de 2026, DOUE, sobre la lucha contra la corrupción, por la que se sustituyen la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo y el Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea
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»Artículo 26. Instrumentos de investigación
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Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que se disponga de instrumentos de investigación eficaces y proporcionados para la investigación o el enjuiciamiento de los delitos contemplados en la presente Directiva. Cuando proceda, dichos instrumentos incluirán instrumentos de investigación especiales, como los utilizados en la lucha contra la delincuencia organizada o en otros casos de delincuencia grave.
