Articulo 26 Estructura y organización del Plan territorial de contingencias por contaminación marina accidental -Derogado-
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»Artículo 26. Planes locales en la Comunidad Autónoma de Galicia
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Los ayuntamientos litorales de la Comunidad Autónoma de Galicia remitirán a la consellería competente en la materia de lucha contra la contaminación marina accidental, un plan local que contenga los elementos exigidos en el Plan Camgal.
La elaboración, aprobación, implantación y funcionamiento de los planes locales son responsabilidad de la Administración local competente.
