Articulo 26 Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en C. León
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»Artículo 26. Consejos de la Mujer de las Entidades Locales.
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Las Entidades Locales podrán establecer Consejos de la Mujer en su ámbito de actuación competencial, como órganos de participación y consulta relativos a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
