Articulo 26 Impuesto sobre las Afecciones Ambientales del Uso del Agua
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»Artículo 26. Régimen jurídico
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La gestión, liquidación, inspección, recaudación y revisión del impuesto se efectuarán con arreglo a lo dispuesto en esta ley, en sus normas de desarrollo y en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
