Articulo 26 Juegos y Apue...e Canarias

Articulo 26 Juegos y Apuestas de Canarias

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Artículo 26. Registro del Juego.

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1. El Registro del Juego es el instrumento oficial de publicidad y control de las actividades relacionadas con la organización y celebración de los juegos y apuestas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2. Dependiente de la consejería competente en materia de juegos y apuestas, el Registro del Juego contendrá los datos relativos a las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la explotación de los juegos y apuestas, establecimientos autorizados, material de juego y otros datos de interés relativos a las actividades de dichos juegos y apuestas.

3. La inscripción en el Registro del Juego previo depósito de la garantía correspondiente, será requisito indispensable para el desarrollo de las actividades de los juegos y apuestas en la Comunidad Autónoma de Canarias. (NOTA: Párrafo con efectos desde el 6 de marzo de 2020)