Articulo 26 Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados -ITPyAJD-
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»Artículo 26.
Vigente
La cuota tributaria se obtendrá aplicando a la base liquidable el tipo de gravamen del 1 por 100.
La cuota tributaria se obtendrá aplicando a la base liquidable el tipo de gravamen del 1 por 100.