Articulo 26 Licencias y certificados de los controladores de tránsito aéreo
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»Artículo 26. Revocación o suspensión del certificado médico.
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(NOTA: No obstante, los procedimientos para la gestión de la incapacidad provisional aprobados por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, mantengan su vigencia hasta que se aprueben los procedimientos modificados por los proveedores de servicios de control de tránsito de conformidad con las secciones ATCO.A.015 y ATCO.B.025.a).13) del Reglamento (UE) 2015/340 de la Comisión, de 20 de febrero de 2015).
