Artículo 26 medidas 2026 fiscales y administrativas para Galicia
Artículo 26. Modificación de la Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia
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La Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia, queda modificada de la siguiente manera:
Uno. Se modifica el número 3 del artículo 59, que queda redactado como sigue:
«3. Reglamentariamente se establecerán los distintos tipos de licencias, diferenciando si tienen por objeto la práctica cinegética o la utilización de medios y considerando la residencia de la persona titular y su edad; su plazo de validez, que podrá ser de cinco años, de un año, de un mes o, en el caso de las personas mayores de sesenta y cinco años, indefinida; y sus procedimientos de expedición.».
Dos. Se modifica la letra a) del número 1 del artículo 70, que queda redactada como sigue:
«a) Cazar en los periodos de vedas que se establezcan en la correspondiente disposición general de periodos hábiles, así como estar en posesión de piezas de caza vivas o muertas o de sus híbridos cuya procedencia no pueda justificarse.».
Tres. Se modifica el número 22 del artículo 85, que queda redactado como sigue:
«22. Estar en posesión de piezas de caza vivas o muertas o de sus híbridos cuya procedencia no pueda justificarse.».
