Articulo 26 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización 2003 de la Generalitat
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»Artículo 26.
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Se modifica el artículo 22 de la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de la Generalitat Valenciana, de Tarifas Portuarias, que queda redactado de la forma siguiente:
«Artículo 22. Sujeto pasivo y responsable.
Uno. Es sujeto pasivo obligado al pago de la tasa el armador del buque o la mercantil o persona que desarrolle la actividad de explotación de instalación de acuicultura marina. En caso de entrar por tierra, tendrá esta condición el propietario o transportista.
Dos. Es responsable subsidiario el primer comprador de la pesca o de las especies de acuicultura marina en caso de su venta en lonja.»
