Articulo 26 Medidas para la inclusión social a través del empleo
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Artículo 26. Contratación y condiciones.

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1. Las personas destinatarias del Programa Extraordinario de Inserción Sociolaboral podrán acceder a un contrato laboral durante un período mínimo de seis meses a jornada completa entre los que se oferten por alguna de las entidades subvencionadas con cargo a este Programa.

2. A la unidad familiar a la que pertenezca la persona contratada se le extinguirá automáticamente el Ingreso Mínimo de Solidaridad con efectos desde el día en que se proceda a dar de alta a la misma en la Seguridad Social.

3. Todas las personas que componen unidades familiares perceptoras del Ingreso Mínimo de Solidaridad prestarán su consentimiento de forma expresa a la Consejería competente en materia de servicios sociales para que la misma comunique la información estrictamente necesaria a las entidades participantes en el Programa Extraordinario de Inserción Sociolaboral para facilitar la contratación de las referidas personas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-06-2014 en vigor desde 14-06-2014