Articulo 26 Medidas tributarias de impulso a la actividad económica
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»Artículo 26. Modificación del apartado 1 del artículo 42 de la Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Se da nueva redacción al apartado 1 del artículo 42 de la Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que queda redactado de la siguiente forma.
"1. La cuota íntegra será el resultado de sumar la cuota fija por disponibilidad y, en su caso, la cuota variable por consumo".

