Artículo 26 medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar
Artículo 26. Situación de las personas integradas en las listas que hayan sido nombradas.
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1. La persona integrada en una lista de empleo de la Administración general, que sea nombrada como personal funcionario interino, durante el tiempo de su nombramiento, figurará como no disponible en dicha lista, de manera que no será incluida en los siguientes llamamientos que se lleven a cabo tras su nombramiento y mientras este se encuentre vigente.
En igual situación de no disponible quedará respecto del resto de listas de empleo, del ámbito de la Administración general, en las que pudiere estar integrada la persona respecto de las constituidas por el mismo órgano o de las que en su caso hubiere constituido otro órgano por delegación de aquel.
2. La situación de no disponibilidad prevista en el apartado anterior se declarará de oficio por parte del órgano competente en la propia resolución de nombramiento debiendo reflejarse en la correspondiente lista en tal situación.
3. La persona nombrada, una vez se produzca su cese, y en tanto que la lista de empleo siga vigente, se reintegrará en esta, en el orden de prelación que tenía, así como en las demás en que en su caso estuviere integrada y permanecieran vigentes, salvo que debiera causar baja por alguna de las causas previstas en el siguiente artículo.
