Articulo 26 Medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en Aragón
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»Artículo 26. Centros de atención a menores bajo medida de protección en situación de aislamiento como consecuencia del COVID-19.
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Se habilitarán los recursos necesarios para la apertura y mantenimiento de centros de atención a aquellos menores que no pueden ingresar en los recursos ordinarios de atención de menores, cuando deban permanecer en situación de aislamiento como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19.
