Artículo 26 nonies Ley de la jurisdicción voluntaria
Artículo 26 nonies Ley de...voluntaria

Artículo 26 nonies. Resolución.

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Artículo 26 nonies. Resolución.

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1. El Juez resolverá sobre la concesión o denegación de la aprobación judicial, considerando en todo caso, si el solicitante fuera persona menor de edad, el interés superior del menor.

2. El testimonio de dicha resolución se remitirá al Registro Civil competente para proceder, en su caso, a la inscripción de la rectificación aprobada judicialmente.

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