Articulo 26 Norma Técnica de Planeamiento (NOTEPA)
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»Artículo 26. Documentación gráfica.
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El Avance del Plan General de Ordenación Urbana contendrá como documentación gráfica los planos de información del Avance, y los planos de ordenación urbanística del Avance. Se podrán refundir los contenidos de los diferentes planos y así, reducir su número, siempre que se mantenga claridad y definición suficientes para su interpretación, manteniendo en todo caso la diferenciación entre planos de información y ordenación.
Los planos de información no tienen escala obligatoria, bastando que su presentación se haga con claridad y definición suficientes para su correcta interpretación. Los planos de ordenación tendrán la escala que se determina en el siguiente artículo.
