Articulo 26 Ordenación minera

Articulo 26 Ordenación minera

Ver Indice
»

Artículo 26. Subsanación de las solicitudes

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Si la solicitud de iniciación no cumple los requisitos que establece esta ley, ha de requerirse a la persona interesada para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se considerará que desiste de su petición, con la resolución previa motivada.