Articulo 26 Policías de Navarra -Derogada-
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»Artículo 26. Régimen jurídico.
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1. El cargo de Jefe de Cuerpo de Policía tendrá el carácter de personal eventual de libre designación y su nombramiento y cese deberá publicarse en el Boletín Oficial de Navarra.
2. El ejercicio del cargo de Jefe de Cuerpo de Policía es incompatible con el desempeño de cualquier otro en la Administración Pública, así como con cualquier actividad laboral, mercantil o profesional.
