Articulo 26 Presupuestos 2004 Navarra

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Artículo 26. Modificaciones presupuestarias del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

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En el ámbito del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, el Director Gerente del mismo, podrá autorizar las modificaciones presupuestarias a que se refiere el artículo 46.2 de la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra.