Articulo 26 Presupuestos 2012 Extremadura
Ver Indice
»Artículo 26. Prohibición de contratación con empresas de trabajo temporal.
Vigente
La Administración Autonómica, los Organismos Autónomos, los Entes Públicos, las Empresas Públicas y los Consorcios con participación mayoritaria de la Administración, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no utilizarán empresas de trabajo temporal para resolver sus necesidades laborales.

