Articulo 26 Protección de... Cantabria

Articulo 26 Protección de los Animales en Cantabria

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Art. 26.

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La Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca establecerá las normas y requisitos a los que deberá ajustarse el contenido de los planes técnicos de aprovechamiento cinegéticos o piscícolas en terrenos o tramos acotados, correspondiendo a dicha Consejería su aprobación.