Articulo 26 Protectorado de las fundaciones y de verificación de la actividad de las asociaciones declaradas de utilidad pública
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»Artículo 26. Obligaciones y prerrogativas del personal inspector
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Las funciones de inspección son ejercidas por el personal de la Administración que goza de las facultades, prerrogativas y obligaciones establecidas por el artículo 89.2 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

