Articulo 26 Puertos de Ca...-Derogada-

Articulo 26 Puertos de Cataluña -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 26. Recursos y actos administrativos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los recursos administrativos, reclamaciones y revisiones formulados contra los actos dictados en ejercicio de potestades administrativas por los órganos de gobierno y de gestión de Puertos de la Generalidad se rigen por lo establecido por la legislación sobre régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas.

2. Para la interposición de recursos administrativos, el Comité Ejecutivo tiene como órgano superior el presidente o presidenta de Puertos de la Generalidad.

3. Los actos administrativos del presidente o presidenta de Puertos de la Generalidad ponen fin a la vía administrativa.

Modificaciones