Articulo 26 Reglamento de... Diputados

Articulo 26 Reglamento del Congreso de los Diputados

Ver Indice
»

Artículo 26.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los miembros de la Cámara que adquieran su condición con posterioridad a la sesión constitutiva del Congreso deberán incorporarse a un grupo parlamentario dentro de los cinco días siguientes a dicha adquisición. Para que la incorporación pueda producirse, deberá constar la aceptación por parte de la portavocía del grupo parlamentario correspondiente. En caso contrario, quedarán incorporados al Grupo Parlamentario Mixto.

Modificaciones