Artículo 26 Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra
Artículo 26. Comisión de servicios.
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1. En casos excepcionales, y con reserva de su puesto de trabajo, los funcionarios podrán ser asignados en comisión de servicios al desempeño de puestos de trabajo propios de su categoría o a la realización de funciones distintas de las específicas del puesto al que se hallen adscritos.
2. La comisión de servicios será desempeñada voluntariamente, sin perjuicio de que, si ello no fuera posible, pueda ser conferida con carácter forzoso, siempre que concurran supuestos de urgente o inaplazable necesidad y previa audiencia del interesado.
3. La comisión de servicios tendrá una duración máxima de un año, si bien podrá prorrogarse durante el periodo que medie entre el vencimiento de dicho plazo y la toma de posesión del funcionario que obtenga el puesto en la correspondiente convocatoria.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando la comisión de servicios se confiera para el desempeño de un puesto de trabajo reservado, podrá prorrogarse hasta la incorporación del titular.
4. La toma de posesión del funcionario deberá realizarse en el plazo de tres días desde la notificación de la resolución de adscripción en comisión de servicios.
5. El funcionario en comisión de servicios percibirá las retribuciones básicas correspondientes a su categoría y las complementarias asignadas al puesto desempeñado. Ello no obstante, si la comisión hubiera sido conferida con carácter forzoso y el puesto desempeñado tuviera asignadas unas retribuciones inferiores a las del propio, el interesado percibirá mientras permanezca en tal situación las retribuciones señaladas al puesto de trabajo propio.
6. La comisión de servicios podrá ser revocada discrecionalmente por el órgano que la confirió.
7. Los puestos de trabajo provistos mediante comisión de servicios, salvo que se produzca el supuesto que excepciona lo dispuesto en el apartado 3, deberán ser ofertados en la primera convocatoria que se realice.
8. Las comisiones de servicio desempeñadas voluntariamente no dan derecho a indemnización aún cuando comporten cambio de localidad de residencia.
9. Las comisiones de servicio conferidas con carácter forzoso, en el caso de que comporten cambio de localidad de residencia, darán derecho a las indemnizaciones reglamentarias previstas para los traslados forzosos con cambio de residencia.
