Articulo 26 el que se regula la estructura y funcionamiento del Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autonoma de Cantabria
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»Artículo 26. Calificación y propuesta de resolución.
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La persona responsable del Registro calificará las solicitudes presentadas, y previa acreditación de los requisitos exigidos por la Ley, efectuará propuesta de resolución, acordando practicar o denegar el asiento de que se trate.
