Articulo 26 Servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos
Ver Indice
»Artículo 26.
Vigente
El personal del Cuerpo de Bomberos de la Generalidad se rige por la presente Ley, por las normas que la desarrollan y por las demás normas reguladoras del régimen estatutario del personal funcionario de la Administración de la Generalidad.

