Articulo 26 Tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
Articulo 26 Tasas de la C...de Valores

Articulo 26 Tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 26. Tipos de gravamen y cuotas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Tarifa 2.1. Tasa por examen de la documentación necesaria para la admisión a trámite y autorización de OPA. La cuota tributaria será el resultado de multiplicar la base liquidable por los tipos de gravamen definidos a continuación.

a) Tarifa 2.1.1. En el caso de que la base imponible aplicable lo sea conforme a lo establecido en el apartado a) del artículo 25, el tipo de gravamen será: 0,0225 por ciento, con cuotas fijas mínima y máxima de 10.000,00 y 150.000,00 euros, respectivamente.

b) Tarifa 2.1.2. En el caso de que la base imponible aplicable lo sea conforme a lo establecido en el apartado b) del artículo 25, el tipo de gravamen será: 0,03 por ciento, con cuotas fijas mínima y máxima de 10.000,00 y 200.000,00 euros, respectivamente.

2. Tarifa 2.2. Tasa por examen de la documentación necesaria para la autorización de la modificación de OPA: se aplicará una cuota fija de 35.000,00 euros.

3. Las cuotas definidas en los dos apartados anteriores se prorratearán, en su caso, entre cada uno de los sujetos pasivos a cuyo favor se solicite la autorización, en función de su participación en la oferta o en su modificación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-10-2014 en vigor desde 01-01-2015