Articulo 26 TR de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimonial...rídicos Documentados
Articulo 26 TR. de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
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»Artículo 26
Vigente
Será responsable solidario del pago del Impuesto toda persona o entidad que intervenga en la negociación o cobro de los efectos a que se refiere el artículo anterior.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-06-1999 en vigor desde 18-06-1999