Articulo 26 TR. de las Disposiciones legales de galicia en materia de política industrial
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»Artículo 26. Informes finales
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1. Después de finalizar cada programa de inspección, la consellería competente en materia de industria elaborará un informe final donde se recogerán los datos, los resultados y los incidentes más significativos para cada programa.
2. La consellería competente en materia de industria dará cuenta bianualmente en el Parlamento de Galicia, por medio de la Comisión de Industria, de los resultados de los planes de inspección y de las conclusiones derivadas de su ejecución.
