Articulo 26 Vías pecuaria...eneralitat

Articulo 26 Vías pecuarias de la Generalitat

Ver Indice
»

Artículo 26. Del uso general prioritario

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El uso tradicional de las vías pecuarias para la trashumancia estacional, la trasterminancia y demás movimientos de ganado de toda clase será libre, gratuito y prioritario a cualquier otro.

En su normal tránsito por las vías pecuarias los ganados podrán aprovechar libremente los frutos y productos espontáneos de aquéllas. Asimismo, podrán abrevar, pernoctar y utilizar los descansaderos que existan o puedan crearse.