Articulo 261 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
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Artículo 261.

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1. Las Salas de Gobierno del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunal Superior de justicia emitirán la propuesta de nombramiento de magistrados eméritos, que deberán ser motivadas y expresar las circunstancias personales y profesionales de los propuestos, y las notificará a los interesados, quienes en el plazo de diez días podrán efectuar cuantas alegaciones y presentar la documentación que estimen pertinente. La propuesta elaborada por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo indicará, además, las necesidades de refuerzo que se precisan, a los efectos previstos en el artículo 200.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

2. La propuesta de nombramiento no vinculará al Consejo General del Poder Judicial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011