Articulo 261 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 261.
Vigente
1. Las Salas de Gobierno del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunal Superior de justicia emitirán la propuesta de nombramiento de magistrados eméritos, que deberán ser motivadas y expresar las circunstancias personales y profesionales de los propuestos, y las notificará a los interesados, quienes en el plazo de diez días podrán efectuar cuantas alegaciones y presentar la documentación que estimen pertinente. La propuesta elaborada por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo indicará, además, las necesidades de refuerzo que se precisan, a los efectos previstos en el artículo 200.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
2. La propuesta de nombramiento no vinculará al Consejo General del Poder Judicial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011