Articulo 267 se aprueba e...lla y León

Articulo 267 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León

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Artículo 267. Contenido del Proyecto de Actuación.

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En el sistema de cooperación, el Proyecto de Actuación debe cumplir lo establecido en los artículos 240 a 249. Además el Proyecto puede efectuar una reserva de parcelas edificables a fin de sufragar total o parcialmente los gastos de urbanización con su aprovechamiento, así como para hacer frente en la liquidación a desajustes entre gastos previstos y reales o cambios en las valoraciones. Esta reserva de parcelas debe adjudicarse en pleno dominio a favor, según los casos, del Ayuntamiento, de la Asociación de Propietarios o bien de la entidad a la que se haya encomendado la gestión.

Asimismo el Proyecto puede imponer cánones o garantías de urbanización sin necesidad de un procedimiento separado.