Articulo 267 Enfermedades transmisibles de los animales -Legislación sobre sanidad animal-
- El presente Reglamento será aplicable a partir del 21 de abril de 2021, salvo los arts. 270.1 y 274, que serán aplicables a partir de la fecha de su entrada en vigor.
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»Artículo 267. Protección de datos
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1. Los Estados miembros aplicarán la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (64) al tratamiento de los datos personales que realicen en virtud del presente Reglamento.
2. El Reglamento (CE) n.º 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (65) se aplicará al tratamiento de datos personales por la Comisión con arreglo al presente Reglamento.
