Articulo 27 Ajuste presup...ón Pública

Articulo 27 Ajuste presupuestario y de medidas en materia de Función Pública

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Artículo 27.- Programa de redistribución de efectivos.

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Se elaborará un programa de redistribución de efectivos para lograr una mejor optimización de los recursos humanos y garantizar el adecuado funcionamiento de los servicios. Dicho programa será objeto de negociación con las organizaciones sindicales en cuanto a la fijación de criterios generales y procedimientos para su ejecución.

Sin perjuicio de las competencias y procedimientos para el desarrollo de actuaciones específicas del programa de redistribución de efectivos, cuando la planificación de los recursos humanos y la coordinación de actuaciones lo requieran, el consejero competente en materia de función pública, a propuesta de la dirección general correspondiente, para la ejecución de dicho programa podrá adoptar las medidas precisas de planificación y coordinación así como aplicar los procedimientos de provisión establecidos legalmente.