Articulo 27 el que se apr...de Navarra

Articulo 27 el que se aprueba el Reglamento de ingreso en las administraciones públicas de Navarra

Ver Indice
»

Artículo 27.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano que hubiere aprobado la convocatoria o aquél que se indique en la misma, aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, con la indicación de que, dentro de los diez días hábiles siguientes, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

2. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el órgano al que se refiere el apartado anterior aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

3. La publicación de la lista definitiva en el Boletín Oficial de Navarra abrirá el cómputo de los plazos a efectos de posibles recursos.