Articulo 27 el que se apr...energetica

Articulo 27 el que se aprueba el Reglamento para la Proteccion de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminacion luminica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energetica

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Artículo 27. Catálogo de zonas E1 y puntos de referencia.

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1. Se crea el Catálogo de zonas E1 y puntos de referencia, que estará adscrito a la Consejería de Medio Ambiente y será gestionado por la Dirección General competente en materia de contaminación lumínica.

2. En este catálogo se incluirán las zonas E1 y los puntos de referencia declarados por el órgano competente.

3. La Consejería competente en materia de medio ambiente revisará y actualizará el Catálogo de zonas E1 y puntos de referencia al menos cada cinco años.