Articulo 27 Autonomía del Banco de España
Ver Indice
»Artículo 27. Régimen de retribuciones.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La retribución y demás condiciones de empleo del Gobernador, del Subgobernador y de los Consejeros serán fijadas por el Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta del Consejo de Gobierno del Banco.
Las Cortes Generales serán informadas de dicho régimen retributivo y de empleo.
